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¿VAS A SER DESHAUCIADO ? TODAVIA ESTAS A TIEMPO DE DETENERLO

¿VAS A SER DESHAUCIADO ? TODAVIA ESTAS A TIEMPO DE DETENERLO
¿VAS A SER DESHAUCIADO ? TODAVIA ESTAS A TIEMPO DE DETENERLO
¿VAS A SER DESHAUCIADO ? TODAVIA ESTAS A TIEMPO DE DETENERLO

Si usted es de las personas que se encuentran en peligro de perder su vivienda debido a que su casa va a ser desahuciada, desde Bufete Gómez Abogados El Ejido queremos darle una noticia esperanzadora, una nueva Ley recientemente aprobada da un tiempo extra para poder evitar que pierda su vivienda. .


 

 

 

 

UNA NUEVA LEY DA UN PERIODO EXTRA PARA OPONERSE ENLOS PROCEDIMIENTOS DE

EJECUCIÓN HIPOTECARIA EN
CURSO Y PODER DETENER LOS DESAHUCIOS, ALEGANDO

 CLÁUSULAS ABUSIVAS EN EL CONTRATO DE LA HIPOTECA:

 

 

 Si usted es de las personas que se encuentran en peligro de perder su vivienda debido a que tiene un
  proceso de ejecución hipotecaria en su contra, y su casa
va a ser desahuciada, desde Bufete Gómez
Abogados El Ejido
queremos darle una noticia esperanzadora, hay una nueva Ley que puede darle una
oportunidad para poder evitar que pierda su vivienda.

 

Esta nueva oportunidad se encuentra regulada en la Ley 5/2019 de 15 demarzo, y la ley 1/2013 de 14
de mayo, y permite a las partes ejecutadas, un
trámite extraordinario para formular oposición a la
ejecución en curso, lo que
significa que en los tramites de los procedimientos ejecutivos en curso, losdeudores hipotecarios van poder tener un nuevo periodo extra para presentar una oposición basada en la existencia de cláusulas abusivas en el préstamo y una nueva oportunidad para paralizar de manera innmediata la ejecución y el desahucio.

 

 Así de esta manera la nueva Ley 5/2019reguladora de los contratos de crédito inmobiliario que el pasado 16 de junio entro en vigor, dá un periodo extraordinario a todas aquellas personas que no se opusieron
en su momento en el proceso de ejecución en su contra, y no se enfrentaron en su momento a la
ejecución hipotecaria de su vivienda por creer que no había solución, o por simple desconocimiento de los
trámites.

 

 Esta nueva ley supone una esperanza para muchísimas familias que están a punto de ser desahuciadas, 
supone poder ganar esa batalla a el banco
en base a las cláusulas abusivas que existiesen en el contrato y conseguir con ello que se tenga que renegociar de nuevo su caso.

 

 En Bufete Gómez Abogados El Ejido consideramos que es fundamental dar a conocer esta nueva circunstancia de los procesos de ejecución hipotecaria,debido a que podría evitar la mayor parte de desahucios vinculados con una hipoteca.


Ya que por desgracia , y a pesar de la abuntantísima jurisprudencia que se ha creado al respecto, la mayoría de las hipotecas tienen alguna cláusula abusiva en su redacción de condiciones, siendo prácticamente al revés, y una excepción el que no las contenga, no solo las consabidas cláusulas suelo,sino otras clausulas manifiestamente abusivas como la de vencimiento anticipado del préstamo, o resolución anticipada del mismo en caso de impago de alguna cuota, o las cláusulas de imposiciones de intereses de demora abusivos la cláusula de imposición de gastos de formalización en exclusiva al cliente,o las cláusulas que imponen comisionesde apertura de los préstamos,la de comisión por reclamación de posicionesdeudoras vencidas…

 

Con esta nueva legislación en materia hipotecaria, la cual dispone, que el periodo para presentar dicho incidente de oposición extraordinario será  de diez días desde “el día siguiente a la notificación de la resolución por la que se comunique a las partes ejecutadas la posibilidad de formular este incidente extraordinario en los términos indicados” .Este requerimiento dice la ley, tiene que realizarse ”en el plazo de quince días naturales a contar desde la entrada en vigor de esta ley” Lo que significa que desde los propios Juzgados tendrán que avisar a los deudores hipotecarios que van a ser desahuciados, de que aún están en su derecho para oponerse en el procedimiento.

 

Desde Bufete Gómez Abogados El Ejido queremos manifestar además que el propio interesado puede ser el que se le solicite al Juzgado donde se está tramitando su caso que le de traslado de dicho trámite, y se le requeriría pàra que en dicho plazo de diez días formulase la oposición.

 
Este escrito tendría que presentarse firmado por procurador y letrado, y en los casos de poder ser beneficiario de justicia gratuita el interesado debe solicitara su vez la paralización del plazo para presentar la oposición hasta tanto no se le nombrase abogado y procurador de oficio.

 

MERECE LA PENA INTENTARLO!!!

 

Las cláusulas abusivas existentes en los contratos hipotecarios han sido en muchos casos una verdadera tabla de salvación para multitud de deudores enestos casos, y buena prueba de ello, es que tal y como se refleja en las cifras los procesos de desahucios realizados va claramente en descenso. Entre las cláusulas que más se están utilizando para evitar las ejecuciones hipotecaria es una disposición que hasta  la fecha se ha hablado poco de ella .Se trata de la cláusula del vencimiento anticipado, por la cual se establece que la entidad financiera puede decidir ejecutar una hipoteca con solo el impago de una o varias cuotas de hipoteca por parte de el deudor.

 

 Esta cláusula ha sido de forma reiterada declarada abusiva y por tanto nula y carente de válidez,
tanto por nuestro Tribunal Supremo, la inmensa mayoría de todas las Audiencias Provinciales
de nuestro país, así como por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

 

Para cualquier duda que pueda tener al respecto de este tema, no dude enponerse en contacto con Bufete Gómez Abogados El Ejido, donde le atenderemos, y estudiaremos su caso de manera específica.